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REFORMA ELECTORAL

Otra Raya

La iniciativa del gobernador Quirino Ordaz Coppel para reformar la ley electoral en su estricto contenido es excelente en sus cuatro propuestas (representación de independientes, residencia de candidatos, reducción de gastos y prohibición de propaganda), las cuales todas fueron propuestas el 2014 por el PAN, PRD y PAS, para que desde entonces se establecieran en la ley electoral, pero no se pudo porque el PRI se opuso totalmente, primero en la mesa de discusión “Compromisos por Sinaloa” y más tarde con su voto en el Congreso del Estado impidiendo que se establecieran estos preceptos en la ley.


Si, efectivamente, son demandas no de algunas voces como dice la iniciativa del gobernador, son demandas históricas de la oposición que llevan muchos años en aras de limitar los abusos, excesos, dispendios, corrupción y distorsión de la democracia que el PRI ha prohijado en el sistema electoral de nuestro país y que poco a poco se ha venido acotando y que no deben tener discusión (habrá que preguntarle al PRI, sobre todo a la diputada Martha Tamayo) para su aprobación.


La diferencia y el problema ahora con esta iniciativa radica en que la propuesta del ejecutivo estatal pretende legislar al vapor, a toda costa y por encima de los métodos y procedimientos que la ley establece, como lo comentamos el día que se presentó esta iniciativa que se trataba de un “madruguete” y que pretendía intensiones cuando menos ocultas.


No teníamos ninguna explicación al por qué de la premura y la intención de legislar tan rápido más que la de imponer estos criterios para el 2018, cuestión que demuestra que el gobierno estatal no está planeando las cosas y no tiene una agenda política ni legislativa cuando presentan la iniciativa 72 horas antes de que se cierre el plazo constitucional para decretar reformas en materia electoral.


Si, este viernes pretendían, sin mayor trámite, publicar el decreto y la verdad que resultaba insultante cuando existen múltiples iniciativas de reformas electorales de todos los partidos y ciudadanos que, por así decirlo, “no ha pasado ni de la primera base”, las cuales serían relegadas cuando algunas de ellas contienen las mismas propuestas y más.


¿Cómo es posible que no hayan advertido los abogados del gobierno estatal lo que establece la constitución general de la república en su artículo 105 y el artículo 18 de la ley electoral?


En ambos se señalan los tiempos de las reformas. En el primero se dice que habráreformas hasta 90 días antes de la convocatoria a las elecciones y en la ley electoral de Sinaloa se obliga a que el Congreso del Estado convoque a más tardar el 15 de septiembre de este año.


Es decir, que este jueves 15 de junio era el último día para decretar reformas en materia electoral y la iniciativa del gobernador la presentaron el lunes 12 de junio por la tarde. Así, simplemente imposible, ni siquiera entrar al debate. Mal paso.


Ancla 1
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