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Aprueban Ley de Atención y protección a Víctimas


Culiacán, Sin.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, con el objeto de homologar sus disposiciones con la Ley General de Víctimas, toda vez que esta última en su régimen transitorio obliga a las entidades federativas a realizar las modificaciones conducentes a sus leyes respectivas, de conformidad con lo establecido en la misma.

Con lo anterior se incorpora el principio del interés superior de la niñez, que deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes, cuando se presenten diferentes interpretaciones, se elegirá la que satisfaga de manera más efectiva este principio rector.

Así mismo cuando se tome una decisión que afecte a los menores, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales.

En la ley se establece que toda autoridad de los gobiernos estatal y municipal deberán velar por la aplicación más amplia de medidas de protección a la dignidad, libertad, seguridad y demás derechos de las víctimas del delito y de violaciones a los derechos humanos.

Las autoridades adoptarán en todo momento, medidas para garantizar la seguridad, protección, bienestar físico y psicológico e intimidad de las víctimas.

Otra de las consideraciones en la Ley General de Víctimas es la de no criminalización donde las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de la víctima ni tratarla en ningún caso como sospechosa o responsable de la comisión de los hechos que denuncie,

Ninguna autoridad o particular podrá especular públicamente sobre la pertenencia de las víctimas al crimen organizado o su vinculación con alguna actividad delictiva, la estigmatización, el prejuicio y las consideraciones de tipo subjetivo deberán evitarse.

También todas las acciones, mecanismos y procedimientos deberán ser públicos, siempre que esto no vulnere los derechos humanos de las víctimas o las garantías para su protección.

Por otro lado los servidores públicos encargados de la implementación de la Ley, así como de los planes y programas que esta Ley regula, estarán sujetos a mecanismos efectivos de rendición de cuentas y de evaluación que contemplen la participación de la sociedad civil, particularmente de víctimas y colectivo de víctimas.


Ancla 1
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