Mandata TEE a Congreso del Estado atender iniciativa ciudadana
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa ordenó al Congreso del Estado culminar el proceso legislativo iniciado de algunas iniciativas presentadas por varios ciudadanos y organizaciones, en el sentido de reformar la Ley Orgánica del Estado, ya que se ha incurrido en omisión.
En sesión ordinaria de este lunes, este tribunal también confirmó la resolución de la Comisión de Honestidad del Comité Ejecutivo Nacional del partido Morena, en el sentido de declarar totalmente improcedente la impugnación que un militante de dicho partido había presentado en contra de la designación de candidato a presidente municipal de Mazatlán.
En el primero de los casos, el presidente de este órgano electoral, Guillermo Torres Chinchillas, explicó que en la comunicación que sostienen con el Congreso del Estado se les solicitó información sobre dichas iniciativas planteadas por distintos ciudadanos, y se les respondió oficialmente que ya se había elaborado el dictamen correspondiente y que se había turnado para que se incluyera en la agenda legislativa a atender por el pleno.
Sin embargo, observó, las sesiones han transcurrido y dicho dictamen no se ha sometido al pleno.
Recordó que dicha iniciativa de reforma fue presentada en noviembre del 2016, con el objetivo de que las sesiones de las diversas comisiones permanentes sean públicas para que puedan acudir ciudadanos interesados, representantes de medios de comunicación y la población en general.
De acuerdo a la reglamentación del propio Congreso del Estado, dijo, una iniciativa presentada debe ser dictaminada a favor o en contra en un plazo de seis meses y en este caso ya se sobrepasó con mucho ese plazo, razón por la cual se le ordena a los diputados que concluyan el correspondiente proceso legislativo de la iniciativa señalada.
En el segundo de los casos, la impugnación a la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad del partido Morena, Torres Chinchillas aclaró que es potestad de los partidos políticos definir a quienes lanzará como candidatos o candidatas, siempre y cuando se respeten los estatutos internos y la convocatoria expresamente lanzada para ello, y en este caso se respetaron ambos aspectos.