DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS. VERGÜENZA DEL ESTADO.
Constituye una violación pluriofensiva de derechos humanos, toda vez que además de causar daños irreparables a las víctimas, provoca sufrimiento en sus familiares al ignorar el destino final que aquéllas correrán, generándoles temor e incertidumbre al no conocer el paradero del familiar agraviado.
Abordo estos comentarios, porque continuamente nos toca leer o escuchar por los diversos medios escritos y electrónicos, sobre la incursión violenta en domicilios o levantones en las calles, donde se ven involucradas personas en hechos en los que regularmente desaparecen, perdiendo la vida.
La autoridad no hace nada, no investiga, seguramente diciendo que esos hechos ocurren en perjuicio de personas porque sus comportamientos no son honestos o porque no andan bien o que por algún hecho que hayan cometido se ven perturbados por aquellos a quienes él afectó.
Como es un flagelo que trastoca la seguridad y libertades fundamentales de toda persona, y ante una autoridad impasible ante esos hechos, en los que se ve tímida o temerosa, deja que los mismos se olviden sin exponer riesgos por quienes, según ellos, tuvieron mucha culpa en lo que les sucedió.
También es un hecho que ha merecido atención especial por la Organización de las Naciones Unidas, al celebrarse la Convención Americana Sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada en Belém do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, de la que México forma parte, sustentándose en que la desaparición forzada de personas viola múltiples derechos esenciales de la persona humana de carácter inderogable, tal como están consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Los compromisos del estado mexicano fueron, no practicar, no permitir, ni tolerar la desaparición forzada de personas, ni aun en estado de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales; sancionar en el ámbito de su jurisdicción a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo; tomar las medidas de carácter legislativo, administrativo, judicial o de cualquier otra índole necesarias para cumplir con los compromisos asumidos en la Convención, entre otros.
México, incluyó en las legislaciones federal y estatales, el delito que lleva ese nombre y creó además, producto de los compromisos internacionales, las fiscalías especializadas para la investigación de la desaparición forzada de personas.
Sin embargo, parece que todo quedó en buenos propósitos, cuando menos en México, porque dicho delito sigue cabalgando sin que nadie lo detenga. La ineptitud de la autoridad, ha sido sustituida por grupos de personas que se han organizado y se han dado a la tarea de buscar a sus familiares afectados por esos abominables hechos. Sus resultados han sido extraordinariamente muy efectivos, ya que lo único que los anima es la localización del cuerpo y darle cristiana sepultura.
En Sinaloa, se creó una fiscalía especializada para investigar ese delito, pero se ve abandonada, desolada, no hay interés de investigar, el temor o los compromisos seguramente son muchos. Mientras que los grupos de rastreadores, familiares de los desaparecidos, actúan solos, desprotegidos y en muchas ocasiones agredidos por facinerosos. Su investigación fructífera, evidencia a una autoridad corrupta e ineficiente.
2021, por una seguridad personal efectiva.
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