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Justicia penas y prisión preventiva: Opinión



JUSTICIA PENAL Y PRISIÓN PREVENTIVA En la opinión de Alfonso Carlos Ontiveros Salas Con la reforma constitucional del 2008 en materia de justicia penal, dio la impresión que México entraría a una nueva etapa de desterrar la prisión preventiva en la comisión de algún delito y pasaría a convertirse en una medida de excepción, en determinados delitos o cuando por justificación plena debería aplicarse. Abordo estos comentarios por la reforma que ababa de aprobar el Senado de la República al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ampliando el catálogo delictivo con prisión preventiva oficiosa. Inicialmente, el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, era la disposición constitucional que identificaba los delitos que quedarían sujetos a prisión preventiva oficiosa, mismos que fueron incorporados al texto del Código Nacional de Procedimientos Penales. México, por lo que se, no está todavía preparado para enfrentar una situación que trasciende al quehacer público, porque la cultura que históricamente se ha mantenido arraigada es la de que persona que delinque tiene que ser castigada.} La sociedad no admite que un delincuente por la comisión de un delito se le vea libre, quiere que sea castigado. Las normas convencionales que México ha aceptado por la intervención de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas o la Comisión Americana de los Derechos Humanos, han impuesto como reglas que en materia penal se imponga la prisión de un delincuente como última ratio y no como prima ratio. El paso de lo inquisitorio a lo humanístico del derecho penal, no ha sido un asunto de poca trascendencia en Países como México, las voces críticas de la reforma constitucional se vuelven más agudas augurándole su posible fracaso porque no alcanza a concretar la justificación de sus fines. La sociedad quiere castigo, la norma jurídica lo humaniza. Si la reforma penal no ha encontrado todavía la esencia y razón de ser, es porque el Estado mexicano en gran medida ha sido el responsable en apuntalar dicha reforma, porque empezó caminando al revés, priorizó el levantamiento de enormes edificios donde operarían las salas de juicios orales en materia penal en vez de dimensionar la importancia de preparar la estructura humana que habría de operar tan importante reforma. A poco más de trece años de vigencia del nuevo sistema de justicia penal, seguimos estancados, ya que las columnas vertebrales que lo soportan no han sido concluidas, las continúan cincelando en sus acabados, hay que perfilar adecuadamente al policía, a los peritos y también a los fiscales, que son las piezas importantes para que funcione la investigación criminal y generar confianza no solo en la funcionalidad del sistema sino en el crítico por excelencia que es la sociedad. Si prevalece la necedad de continuar experimentando formar policías con soldados, seguiremos teniendo un sistema penal asimétrico, si la investigación científica no se soporta en un mejor equipamiento en los laboratorios de criminalística no tendremos buenos peritos y si no se capacita adecuadamente a los fiscales, tampoco habrá capacidad para dirigir la investigación del policía y de los peritos. Al Juez habrá que llevarle calidad científica en la investigación para recibir resoluciones que castiguen al culpable, se proteja al inocente y se le repare el daño a la víctima. Sin embargo, la simulación prevalece, seguimos teniendo un sistema entre que naufraga y se mantiene a flote, motivo por el que el gobierno recurre a la medida más sencilla, reformar la ley e imponer la prisión preventiva por la comisión de cualquier delito como fórmula encubridora de su incapacidad. 2021, por un mejor sistema de justicia penal.

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